jueves, 11 de febrero de 2010

Parashá Shavua: Mishpatim - (Leyes). 29 de Shevat 5770 ( 13 de Febrero de 2010).Comentarios



Primer comentario (www.judaicasite.com)
Segundo comentario (Rab Daniel Oppenheimer: www.ajdut.com.ar)
Tercer comentario (Rab Moshe Hoffer: fabibbk@einstein.com.ar)

Primer comentario - Rehabilitando a la manera de la Torá

Uno se pregunta por que la perasha Mishpatim, fuente de tantas leyes Civiles judias, comienza con el tema de la servidumbre. Despues de todo Hashem, Quien ve el futuro en toda su extension, sabe que habria generaciones en que toda esta cuestion de los siervos ya no seria aplicable. No hubiera sido mejor empezar la perasha con otro tema relevante para todas las generaciones?

Una posibilidad es que la Tora quiera hacernos reflexionar sobre la gran distincion que existe entre la jurisprudencia biblica y la secular.

Nuestra vision de la servidumbre en el Jumash (Pentateuco) gira alrededor de un ladron que robo una considerable suma de dinero y, luego de ser traido ante la justicia, es incapaz de reembolsar a sus victimas. En este caso el Bet Din (la Corte) procede a venderlo por seis años, entregando el producto de esa venta a la parte afectada (aquel o aquellos a quienes se les robo).

Estudiemos la sabiduria encerrada en este procedimiento.

Uno de los mayores problemas de nuestra sociedad es el aumento y "adiestramiento" de la poblacion carcelaria. La sociedad se ve cargada con la responsabilidad de mantener y satisfacer las necesidades de sus malhechores y, tristemente, el sistema no es en absoluto efectivo... Veamos un caso hipotetico: Fulano roba una suma de dinero. Se lo encierra a este hombre en prision, donde debe vivir en compania de criminales de todas las variedades. Alli obtiene una "educacion" multifacetica: como violar una caja fuerte, como abrir con ganzua un automovil, como obtener y utilizar un arma. En resumen, se vuelve un profesional. Para nuestra desventura, cuando llega el momento de su liberacion, sale de alli completamente "torcido". "Gran" rehabilitacion ha sido su paso por la carcel! Y que le sucede a la familia de este hombre mientras el esta en prision? El sistema no los puede ayudar. Deben vivir sin la persona que los mantenia y si el esta en prision por mucho tiempo, tendran una gran cuota de sufrimiento, sin contar que quizas sus hijos por el apremio economico tambien se vean impulsados a delinquir.

Y que hay respecto a las victimas (los que habian sido robados)? En la mayoria de los casos, quedan quebrados por el deficit y la deuda a raiz del dinero que les fue quitado.

Ahora veamos el camino de la Tora para rehabilitar a delincuentes. Cuando un delincuente entra al "sistema penal" judio, es colocado en las manos del Bet Din (la Corte), la cual le encuentra una familia estable que no sea afectada por la negativa influencia de esta persona. El delincuente permanece con ellos como siervo durante seis años, aprendiendo como trabajar productivamente y absorbiendo su correcto modo de vida.

La Tora ademas ordena que se debe tambien tomar en el hogar a la esposa e hijos de este hombre, asegurando asi que no queden librados al destino y sin proteccion, perdiendose en la sociedad. El dinero obtenido por la venta a la nueva familia, como se dijo antes, va a manos de las personas que fueron afectadas por el robo, quienes resultan asi debidamente recompensadas.
Finalmente, la belleza de este sistema es que el costo del procedimiento no recae sobre los hombros de la sociedad, que no se ve asi cargada por anios con abultados impuestos.

De esta forma, abriendo la perasha Mishpatim con un pantallazo de "Hamavdil ben Kodesh leJol" (la diferencia entre lo sagrado y lo secular), la Tora nos da el mensaje de que todas las intrincadas leyes civiles explicadas en esta misma seccion, estan igualmente repletas de una sabiduria practica y profunda.

Que tengamos el merito de absorber la multitud de lecciones "ben adam lejavero", entre el hombre y su projimo, que estan expresadas en esta perasha y que por ese merito disfrutemos de la amistad y el amor hasta la llegada del Mashiaj muy pronto en nuestros dias.
Amen

(Fuentes: Rabbi M.M.Weiss)

Segundo comentario - El Dinero.... y Yo

En el número pasado hemos comentado acerca del alcance que posee en la Torá la prohibición de robar. Sin duda que el tema da para mucho más. Esta semana, leemos en la Torá acerca de la responsabilidad que le incumbe a aquel que dañó, en resarcir a su víctima por los perjuicios ocasionados. Nuevamente, encontraremos que la Torá es sumamente estricta al exigir que el agresor indemnice totalmente aquello que ha destruido.

Encontramos en la lectura de esta semana que aquel que golpeó o que le causó una herida al otro debe pagarle por uno o varios de los siguientes conceptos: "Nezek", el daño permanente que le causó al compañero; "Shevet", el tiempo que la víctima no pudo trabajar; "Tza-ar", el dolor del golpe o la herida; "Ripui", son los gastos médicos y "Boshet", se refiere a la vergüenza que sufrió la persona al ser atacada. Todo esto que dijimos es a grandes rasgos, pues el Talmud en el tratado de Babá Kamá explica minuciosamente como se evalúa el daño ocasionado en cada caso.

No sólo debe pagar la persona por los daños a personas, sino que la Torá lo responsabiliza, a su vez, por los daños a la propiedad del prójimo. No sólo es responsable la persona por el daño que ocasionó él mismo, sino que debe resarcir al semejante por el daño que ocasionaron sus bienes que no estuvieron debidamente cuidados y que, debido a aquella negligencia, ocasionaron el perjuicio. Si sus animales destruyeron en la manera habitual de hacerlo (por ejemplo, comieron de la cosecha del vecino), debe pagar por todo el daño. Si dejó un fuego desatendido y éste se desplazó al campo del vecino causando destrucción en su camino, pues debe pagarlo todo. Si cavó un pozo en una zona pública y causó daños, también en ese caso debe indemnizar a la víctima por sus daños. La Mishná debe agregar a todo esto, que "Adam mu-ad le-olam", es decir que la persona está permanentemente advertida y no puede defenderse con el pretexto de haber estado distraído o dormido cuando hizo el daño.

Al mismo tiempo, encontramos en el texto de la lectura semanal acerca de la responsabilidad que le incumbe a quien está encargado de cuidar un bien ajeno (lo recibió prestado o lo recibió para hacer alguna reparación), si éste se pierde o se destruye. De acuerdo al caso, si recibiera algún beneficio indirecto o un pago por estar a cargo de dicho bien, puede ser que sea responsable de resarcir, o no, si le fue robado o, en ciertas circunstancias, aun si hubiese fuerza mayor. No obstante, en todos los casos, si hubiese "P-shiá" (descuido) por parte de la persona responsable (o, mejor dicho, irresponsable), deberá hacerse cargo de pagar lo que se perdió.

En todos las situaciones que acabamos de describir, no hay diferencia entre si el daño fue ocasionado a un particular o al bien común, p.ej. el bien del estado o el de una comunidad, consorcio, escuela, etc. Curiosamente, solamente está exento aquel que dañó cosas que le pertenecen al "Kodesh" (Santuario del Templo). Es interesante notar, que en el Talmud se declara repetidamente que D"s tiene "lástima" por el dinero (=los bienes) de Israel. ¡Qué bueno sería si tuviésemos nosotros aquel mismo criterio, uno con el dinero de su compañero! Es más, a D"s no le faltan recursos para devolverle a una persona si le faltara algo, y, aun así, no quiere que suframos dolor al partir con el dinero que nos
costó tanto juntar...

Esto se nota claramente, pues, si bien no hay un límite en cuánto uno debe estar dispuesto a perder para evitar de cometer una prohibición, sí existe un límite para las Mitzvot activas; es decir, que D"s no quiere que gastemos todo lo que tenemos para cumplir con una Mitzvá. (Para mayor información halájica, se debe consultar una autoridad rabínica pues aquí sólo queremos destacar el concepto en sí).

¡Cuánto que sentimos que el dinero es nuestro y cuánto nos cuesta desprendernos de él! El Talmud afirma, a su vez, que la mayoría de las personas incurren cotidianamente en prácticas que se acercan al robo. (Pues no distinguen claramente entre lo propio y lo ajeno, ni se preocupan por el daño que ocasionen a otros, cuidando las cosas como si fuese propias).

En la escuela me enseñaron que el dinero sirve como "medio de canje" para poder comprar y vender con más facilidad, y como "común denominador de todos los bienes y servicios" para expresar el costo de las cosas.

Todo esto es teoría. En la práctica la gente evalúa a los demás por el dinero que poseen y los seres humanos en general buscan su seguridad en el dinero. La gente convirtió así al dinero en el eje central de su razón de ser y de su quehacer diario.

El Midrash en B-amidbar explica el porqué de las denominaciones del dinero de aquella época. "Zuz" (del verbo "mover"), pues se mueve contínuamente de mano en mano. "Mamón" (de "moné" = contar), pues la gente se la pasa contándolo. "Ma-ot" (de "Me-et le-et" = de un día al otro), pues nunca permanece demasiado tiempo en las manos del mismo dueño. ¿Quiere hacer Ud. una encuesta? Pregúntele a los encuestados que adquieren un billete de la lotería: "¿Qué haría Ud. si se ganara los $10 millones?" Se sorprenderá de las respuestas que escuchará. Comience indagándoselo Ud. mismo... En la Torá, no obstante, no valemos ni más ni menos a causa del dinero que poseamos. Yo soy yo, y la plata, es la plata...

Se cuenta que cuando Alejandro Magno intentó pesar un ojo humano, vio que excedía en peso a todo lo que pusiera del otro lado de la balanza. Le explicaron los Sabios, que nada alcanza a satisfacer el ojo humano."Un ojo puede ver muy lejos, mas una pequeña moneda puede cubrir toda su visión", dijo un gran Sabio judío.

Daniel Oppenheimer
Tercer comentario - De la mentira, alejate

Los prejuicios y el interes personal son los grandes enemigos de la verdad. Aquel individuo que se coloca anteojos de esa clase, le distorcionan todo el campo visual de la realidad en que se encuentra; pero ve lo que quiere ver. Lo peor de todo, es que "el no lo siente esto en absoluto". He visto personas que tratan de hacer de la mentira, verdad y todo lo que nadie puede negar que es una verdad tajante, buscan todas las maneras para negarlo.

Son una clase de gente que se creen justas, correctas y no advierten que son sus intereses personales que los impulsan para actuar de ese modo. A todo le encuentran una justificacion. Por ejemplo, el bien del pais, la familia y la justicia estan frente a sus ojos. La Tora en nuestra Perasha empleo las siguientes palabras: "De la mentira alejate". No nos equivoquemos en pensar que en este versiculo se nos prohibe mentir, esa mentira tan despreciable; esa orden la expresa la Tora mas adelante y en forma bien explicita: "No mienta cada hombre a su companiero". Surge entonces la siguiente pregunta: ¿que es lo que la Tora me agrega a traves de este versiculo, que no me lo dijo antes? Ciertamente del pasuk (versículo) que nos indica no mentir aprendemos la prohibicion de decir mentiras, pero ahora me esta enseñando un nuevo concepto: "debo tomar distancia de la mentira".

Ocurre que podemos no estar incurriendo en la mentira propiamente dicha, pero tampoco estamos diciendo la verdad absoluta. ¿Que significa la verdad absoluta? Aquella que carece de todo enganio y de toda alteracion. Sobre las cosas a medias tintas dice la Tora: "De la mentira alejate".

Los libros de Musar (etica), nos ensenian como debe ser honesta nuestra conducta con el otro, con la sociedad, con el pais, con todos. Lamentablemente vivimos en un mundo de enganios, de falsedad; un mundo donde muchas veces el bueno parece malo, porque la escala de valores esta
distorsionada. Estamos sobornados por nuestros propios intereses y no queremos ver la verdad. Solemos decir "asi estoy bien", sin tener en cuenta que no obrando bien nosotros, somos los primeros perjudicados.

En la Guemara (Shebuot 30 b) dice: ¿de donde sabemos que un juez, que sabe que esta frente a un juicio enganioso, no puede decir: "por cuanto que asi testifican los testigos, dare el veredicto segun sus palabras y el pecado correra por cuenta de ellos". El pasuk dice "de la mentira alejate". Cabe aclarar que se trata de un juez leal, que cuenta con el alegato de los testigos pero... influye el hecho que es falso. Tal vez no este capacitado para senialar que por tal motivo declaro que son testigos falsos.

Si dictamina el juicio se estaria rigiendo por lo que dice la Tora que el juez debe determinar segun lo que ven sus ojos. Sin embargo el juez -que no mintio-, tampoco esta en lo cierto. Debe declararse incompetente y poner este caso en manos de otro juez, que tal vez pueda descubrir si eran testigos falsos o no. Cuantas cosas no las tenemos en claro, aunque intuimos que estamos equivocados, no nos abstenemos de actuar como queremos, sin tener en cuenta si vamos detras de la verdad o no. Dijeron nuestros sabios: Aquellas personas que se enganian y enganian a otros, no podran ver la luz divina en el mundo venidero. Por eso hay que hacer tanto hincapie en seguir el camino de la verdad. Pidamos con todo nuestro corazon "Purifica nuestros corazones para servirte de verdad".

Rab Moshe M Hoffer

http://www.tora.org.ar/

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