9. Santificar el Nombre de Di-s ("Kidush Hashem")
Es el precepto con el cual se nos ordenó la Santificación del Nombre (de Di-s).
Es lo que El dijo: Y Me santificaré dentro de los hijos de Israel.
El concepto de este precepto es: que se nos ha ordenado difundir este credo verdadero en público, y que con ello no temamos del daño de dañador alguno, hasta que incluso si vendrá sobre nosotros alguien temible que nos fuerza, y nos exhorta a renegar de El, exaltado sea, no hemos de oírle sino que nos entregaremos sin reparos a la muerte; ni (siquiera) le daremos a suponer que hemos renegado aun cuando nuestro corazón cree en El, exaltado sea.
Este es el precepto de Santificar el Nombre (de Di-s) que ha sido ordenado a todos los hijos de Israel. Es decir: que nos entreguemos a morir en manos del temible en aras del amor a El, exaltado sea, y la fe en Su unidad —tal como hicieron Jananiá, Mishael y Azariá en épocas del malvado Nabucodonosor, cuando obligó a prosternarse ante el ídolo, y toda la gente —incluso (los del pueblo de) Israel—se prosternaron y no hubo allí quien santificara el Nombre Celestial. Con ello, hubo para Israel inmenso bochorno por haberse perdido de todos ellos este precepto, y no hubo allí quien lo cumpliera sino que todos temieron.
Este precepto es vigente sólo en (instancias) similares a aquella gran ocasión en la que todas las personas tuvieron miedo y era obligatorio difundir Su unidad y proclamarla en aquel momento.
Ya había aseverado Di-s a través de Isaías (el Profeta) que el bochorno de Israel no será total en aquella instancia, y que habrían de surgir en aquella dura situación (hombres) selectos a quienes la muerte no haría temblar, quienes dejarían su sangre sin dueño, difundirían la fe, y santificarían a Di-s en público —tal cual nos ordenó El, exaltado sea, a través de Moisés, nuestro maestro— y es lo que El dijo: No se avergonzará Iaacov ahora, ni ahora su rostro empalidecerá, pues al ver a sus niños —la obra de Mis manos— en su medio, santificarán Mi Nombre; santificarán al Santo de Iaacov y al Di-s de Israel reverenciarán. En la expresión del Sifrá: "A condición de ello os he sacado de la Tierra de Egipto — a condición de que santifiquen Mi Nombre en público".
En la Guemará (—Talmud, Tratado de) Sanhedrín dijeron: "¿Al ben Noaj se le ha ordenado (el precepto de) Santificar el Nombre (de Di-s) o no se le ha ordenado? Ven y oye: A los 'benei Noaj' se les han ordenado siete preceptos, y si (éste) está (incluido) — son ocho!"
Se te ha explicado, pues, que (este precepto) está incluido en el número de preceptos que son obligación sobre Israel, y han traído su prueba de este precepto de lo que fuera dicho: Y Me santificaré dentro de los hijos de Israel.
Las leyes de este precepto han sido explicadas ya en el Capítulo Séptimo (del Tratado Talmúdico) de Sanhedrín.
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