1) ¿Cual es el problema del matrimonio mixto?
Uno de los temas más preocupantes y poco entendidos es el de los matrimonios "mixtos". Además de la falta de información objetiva al respecto, es un tema muy complejo emocionalmente.
Por un lado, los padres sienten que cuando un hijo se casa con una persona que no es judía, está rompiendo la perpetuación de la cadena judía milenaria y no lo quieren permitir. Por el otro lado, hay una incomodidad de manifestar abiertamente la oposición al matrimonio mixto, ya que tiene implicancias racistas. ¿Por qué descartar a una persona como pareja solamente por el hecho de que no haya nacido de vientre judío?. Parece ser una actitud discriminatoria.
Me parece que hay que subdividir el tema en partes:
• ¿En qué se basa la oposición al matrimonio mixto?
• ¿Cómo se puede aceptar dicha actitud sin contradecir el instinto natural que el judío tiene de luchar en contra de la discriminación, especialmente luego de todo lo que hemos sufrido en carne propia como pueblo, a raíz de la discriminación racial?
• ¿Qué argumento se le puede dar al amigo o amiga no judío, o a sus padres, para explicar el motivo por el cual uno no quiere considerar la posibilidad de matrimonio con el o ella?
2) ¿Cual es la base del problema?
La fuente primaria en la cual se basa la prohibición para el judío de casarse con alguien que no lo es, está en la Torá (Deut. 7:3): "No te cases con ellos (los gentiles, de los cuales hace mención en los versículos anteriores), no des a tu hija al hijo de él, y no tomes la hija de él para tu hijo".
El motivo de dicha prohibición sigue en el siguiente versículo: "Porque él va a desviar a tu hijo de Mi y servirán a dioses ajenos..." (se puede entender el término "dioses ajenos" también como ideales que no conforman con los de la Torá, por los cuales uno inclina la cabeza y les rinde culto).
Nuestros sabios señalan el Talmud (Ievamot 23a) y el comentarista Rashi lo trae en su comentario sobre el versículo citado, que de la expresión precisa de dicho versículo (" el (y no ella) va a desviar a tu hijo ") se desprenden dos cosas. En el caso de que tu hija se case con el hijo de ellos, el "hijo de ellos" (esposo de tu hija) va a terminar alejando a tus hijos (o sea, nietos) del camino de la Torá. En el caso de que tu hijo se case con la "hija de ellos", ya los nietos que nazcan no están considerados como tus hijos, sino hijos de ella, o sea ya no son judíos.
Queda claro entonces, que aquí no se trata de una discriminación racial que nace del rechazo subjetivo y personal que el judío tenga para con el gentil. Se trata de una orden Divina objetiva que viene acompañada de una explicación. Si tu hijo se casa con una mujer no judía, los hijos de ella ya no serán considerados tus hijos. En el caso que tu hija se case con un hombre no judío, inevitablemente los nietos se desviarán muy lejos del camino del judaísmo aunque sigan siendo judíos. Teniendo en cuenta que el deber principal del judío es cumplir con sus obligaciones como tal, respetando los preceptos de la Torá, es evidente que deviene indispensable casarse entre judíos, porque, de lo contrario no podrá cumplir debidamente con sus responsabilidades fundamentales de manifestar la dimensión Divina en el mundo, que es posible solamente por medio del cumplimiento de Su voluntad.
Para entenderlo mejor, hace falta aclarar un punto más. No solo que está prohibido para el judío casarse con una persona que no lo es, sino que es imposible que se case. Puede haber convivencia y puede haber cohabitación, puede haber, incluso, procreación, pero no existe matrimonio .
Las leyes de la Torá son tan (o más) objetivas como las leyes de la Naturaleza. Del mismo modo que uno no puede alterar la Gravedad, por ejemplo, no puede alterar las leyes de la Torá. El estudio de la Torá no tiene como objetivo inventar las leyes de la vida, sino descubrir la estructura Divina inherente en la existencia.
3) ¿Qué es el Matrimonio?
El motivo de dicha prohibición sigue en el siguiente versículo: "Porque él va a desviar a tu hijo de Mi y servirán a dioses ajenos..." (se puede entender el término "dioses ajenos" también como ideales que no conforman con los de la Torá, por los cuales uno inclina la cabeza y les rinde culto).
Nuestros sabios señalan el Talmud (Ievamot 23a) y el comentarista Rashi lo trae en su comentario sobre el versículo citado, que de la expresión precisa de dicho versículo (" el (y no ella) va a desviar a tu hijo ") se desprenden dos cosas. En el caso de que tu hija se case con el hijo de ellos, el "hijo de ellos" (esposo de tu hija) va a terminar alejando a tus hijos (o sea, nietos) del camino de la Torá. En el caso de que tu hijo se case con la "hija de ellos", ya los nietos que nazcan no están considerados como tus hijos, sino hijos de ella, o sea ya no son judíos.
Queda claro entonces, que aquí no se trata de una discriminación racial que nace del rechazo subjetivo y personal que el judío tenga para con el gentil. Se trata de una orden Divina objetiva que viene acompañada de una explicación. Si tu hijo se casa con una mujer no judía, los hijos de ella ya no serán considerados tus hijos. En el caso que tu hija se case con un hombre no judío, inevitablemente los nietos se desviarán muy lejos del camino del judaísmo aunque sigan siendo judíos. Teniendo en cuenta que el deber principal del judío es cumplir con sus obligaciones como tal, respetando los preceptos de la Torá, es evidente que deviene indispensable casarse entre judíos, porque, de lo contrario no podrá cumplir debidamente con sus responsabilidades fundamentales de manifestar la dimensión Divina en el mundo, que es posible solamente por medio del cumplimiento de Su voluntad.
Para entenderlo mejor, hace falta aclarar un punto más. No solo que está prohibido para el judío casarse con una persona que no lo es, sino que es imposible que se case. Puede haber convivencia y puede haber cohabitación, puede haber, incluso, procreación, pero no existe matrimonio .
Las leyes de la Torá son tan (o más) objetivas como las leyes de la Naturaleza. Del mismo modo que uno no puede alterar la Gravedad, por ejemplo, no puede alterar las leyes de la Torá. El estudio de la Torá no tiene como objetivo inventar las leyes de la vida, sino descubrir la estructura Divina inherente en la existencia.
3) ¿Qué es el Matrimonio?
Si nos ponemos a analizarlo, resulta bastante desafiante tratar de explicar cuál es la función del matrimonio en general. Si dos personas se quieren, ¿Por qué no vivir juntos?. El día en que no quieran compartir más sus vidas, cada uno puede irse por su lado! Aún en el caso que se casen, el día que no quieren vivir más en pareja, existe el divorcio que los separa. Así que ¿cuál es la función del matrimonio?
Generalmente la gente contesta que es nada más que un formalismo, una norma de la sociedad para "legalizar" la pareja. Pero si lo analizamos un poco, decir que el matrimonio es nada más que una norma social, implica que no tiene un sentido verdadero. Es arbitrario. Entonces, si a uno no le importa la autoridad y/o el estigma social, ¿está bien que viva en pareja y que tengan hijos sin casarse?
Si llegamos hasta el fondo del asunto, creo que no queda otra alternativa que la que entiende a la institución del matrimonio como una idea Divina. El concepto de casarse tiene su origen en la Torá. Aunque hayan muchas sociedades que no se basen en la Torá, y aún así tienen asumidos el concepto del matrimonio, no quita el hecho que en su origen, el verdadero sentido es Divino.
Para dar un ejemplo: ¿De dónde viene la semana de siete días? ¿Por qué no ocho o seis? El ciclo semanal de siete días nace con los siete días de la Creación. Para el que acepta la Torá, el ciclo semanal tiene un sentido espiritual profundo. Para el que no cree en la Torá, la semana de siete días no tiene sentido alguno. Del mismo modo es en cuanto al matrimonio. Para el que no cree en la Torá, el concepto del matrimonio no tiene mucho sentido y razón de ser. Es simplemente un trámite para registrar formalmente a la pareja para que los hijos del padre lo puedan heredar. Para el que cree en la Torá, el concepto de matrimonio asume una importancia y significado mucho más profundos y sustanciales.
Las fuentes talmúdicas y cabalísticas enseñan que el matrimonio no es meramente la unión entre dos individuos totalmente independientes entre sí, sino que es una reunión entre dos mitades de una y la misma unidad . La pareja comparte la misma alma que, al nacer , se dividió en dos mitades. Al casarse, vuelven a reunirse y completarse. Se trata de una unión no sólo a nivel físico, emocional y/o intelectual, sino de una unión a nivel esencia l. Hay almas que son compatibles y almas que no lo son. Además del caso del matrimonio mixto, la Torá enumera una cantidad de "uniones matrimoniales" que no son consideradas válidas, por ejemplo el "casamiento" entre hermanos biológicos o un hombre con una mujer casada, o sea el incesto y el adulterio. No se trata simplemente de prohibiciones, sino de hechos. En estos casos no rige el matrimonio, aunque sea posible cohabitar y procrear.
Así, que, es muy fácil explicarle a una persona no judía que uno no puede casarse con ella. No se trata de un defecto que tiene. Se trata, nada mas ni nada menos, de una concepción de matrimonio delineada en la Biblia a la cual uno se siente atado. Un caso hipotético: ¿qué pasaría si un chico y una chica (ambos judíos) deciden casarse y están profundamente enamorados y media hora antes de casarse se enteran que son hermanos biológicos? ¿Se casarían?. Obviamente, el hecho que no pueden casarse no implica un menosprecio o que el amor profesado fue falso. El amor es un factor importante en una relación de pareja, pero no es el único factor.
Puede suceder que un joven judío encuentre compatibilidad con una persona que no lo es y quiere formar su familia con esa persona. Dicha compatibilidad es posible solamente en el caso que ninguno de los dos manifieste el potencial esencial que los distingue. Mientras al judío no le importe su judaísmo y al no judío no le importe su fe, marcha todo bien. ¿Qué pasa el día que alguno de los dos se despierta y decide dar importancia a su identidad más profunda y esencial? Aparece, entonces, la incompatibilidad. O sea, dicha relación puede funcionar mientras que los integrantes "no existen" plenamente. En el momento en que cualquiera de los dos "aparece", la relación no tiene más sentido y desaparece.
Conozco unos cuantos casos de parejas mixtas que estaban muy enamorados hasta el momento en el cual nacieron sus hijos. Ahí empezaron las discusiones muy fuertes en cuanto a su educación, por más que hasta el momento ambos habían resuelto el tema teóricamente . La madre judía quiere circuncidar al hijo, por ejemplo, mientras que el padre no-judío se niega a que su hijo sea diferente a él, etc. De golpe, salta al primer plano la incompatibilidad, pero ya es bastante tarde -- hay un hijo de por medio al cual cada uno de los padres y los abuelos quiere llevar a su redil...
Claro que se puede traer ejemplos de parejas judías que viven con muchos conflictos, pero hay que examinar si su vida se lleva realmente de acuerdo a las normas delineadas en la Torá. Por lo menos, la pareja judía tiene siempre el potencial de lograrlo.
Surge la pregunta: ¿Qué pasa en el caso de un judío no-practicante o ateo? ¿Sigue siendo relevante esa incompatibilidad? Si uno no practica el judaísmo ¿por qué darle importancia justamente en el momento de elegir la pareja?
Para entender esto, hace falta definir otro concepto básico: ¿Qué es el ser judío? ¿Qué es lo que distingue al judío de su vecino que no lo es? Aclaro que no estoy preguntando ¿Quién es judío? sino ¿Qué es? Ya que la respuesta a la pregunta de ¿Quién es? Es obvia: el que nace del vientre de una mujer judía o se haya convertido en judío de acuerdo a las normas estipuladas en la Torá, pero no responde a la pregunta de ¿qué es?
Generalmente me contestan que ser judío significa "sentirse parte del pueblo judío", pero esa respuesta sirve solamente para trasladar la pregunta, ya que ¿Qué es, entonces, el pueblo judío? ¿Un pueblo compuesto de individuos que no tienen otra definición mas allá de pertenencia a un pueblo que no tiene definición? Es como decir que un árbol es integrante de un bosque. El razonamiento es al revés. Una vez que sé lo que es un árbol puedo definir lo que es un bosque: un conjunto de árboles, pero, ¡no puedo definir al árbol, diciendo simplemente que es algo que es parte de un bosque!
También es obvio que no es válido definir al judío por el cumplimiento de las Mitzvot, porque también allí el razonamiento es a la inversa: se tiene la obligación de cumplir con las Mitzvot debido a que se es judío, y no se es judío porque se cumple con las Mitzvot. ¡Téngase presente que un niño recién nacido es judío aunque no haya cumplido con ninguna Mitzvá y no tenga fe consciente alguna!
4) ¿Qué es un judío?
Luego de años de estudiar el tema y una cantidad sinfín de conversaciones con judíos de todo nivel de práctica religiosa y orientación filosófica, creo que la definición más contundente es que lo que distingue al judío es la Neshamá (alma) que posee. El alma del judío es diferente al alma del no judío. Tienen potenciales, características y necesidades diferentes. Cada judío tiene la misma esencia que cualquier otro, la cual hereda de su madre. Es el común denominador que relaciona al judío ruso con el sirio, yemenita, canadiense o marroquí a pesar que no hablen el mismo idioma y tengan idiosincrasias diferentes. La única diferencia entre un judío y otro es simplemente el grado de manifestación de esa esencia que logra expresar. En algunos, dicha esencia se manifiesta en cada momento, en otros se la ve una vez al año y en otros, puede llegar a expresarse una sola vez en la vida.
Esto no va en contra de la aspiración de ser un ser "universal", ya que para poder realmente ser un ser "universal" hace falta cumplir debidamente con la función específica que uno tiene dentro de la realidad universal. Ser un ser "universal" no implica negar el rol particular que uno tiene, sino insertarse en la sociedad con una identidad y objetivo bien definidos.
5) ¿Cuál es la característica especial de la Neshamá (alma)?
Muchos judíos lo son muy a pesar suyo. Pasan su vida negando su condición de judío, pero en algún momento inesperado, cuando sus defensas están bajas, y están distraídos, salta. Muchos judíos invierten tiempo, energía y recursos en negar su condición de tal. Esta conducta es una prueba más de su condición de judío inalterable, ya que si así no lo fuera, ¿por qué les importa tanto negarlo?
Así que el problema no empieza cuando un chico se casa con una chica no judía. El problema radica en que ha sido privado de una educación y formación judías a tal punto que ya ni se da cuenta de lo que es y de la incompatibilidad básica y esencial que existe entre él y su novia no judía.
Para muchos, la oposición al matrimonio mixto parece ser una actitud elitista, incluso racista. ¿Por qué negarle a un hijo casarse con una chica sólo por el hecho que no sea judía? ¿Qué diferencias prácticas hay entre su comportamiento y el de ella?
Quizás estaría de acuerdo con quienes opinan así si no fuera por el hecho que atribuyo esa actitud irracional por parte de los padres a la Neshamá que poseen, a pesar de todo. La Neshamá no los deja aceptar con brazos cruzados el pasar esa "línea roja" que corta la cadena en forma tajante aunque ellos mismos no sepan explicar por qué les molesta tanto.
6) ¿Qué pasa con la Conversión?
Una de las "soluciones" que la gente propone para solucionar el dilema del matrimonio mixto es "convertir" al novio/a no judío/a en judío/a.
¿Es una solución válida?
Encontramos que el judaísmo reconoce la posibilidad de convertirse en judío. El proceso de "Guiur" (Conversión) es muy simple. Consiste en tres pasos: 1) Circuncidarse (en el caso de un hombre); 2) Sumergirse en una Mikve (baño ritual); 3) Aceptar el cumplimiento de la Torá en su totalidad . Dichos pasos tienen que realizarse ante un tribunal rabínico válido . (Un tribunal rabínico válido quiere decir tres rabinos que aceptan la Torá como palabra Divina y cumplen con sus preceptos en su vida personal.)
El judaísmo no es proselitista, ya que entiende que no hace falta ser judío para merecer la gracia de D-os y un lugar en el Mundo Venidero. Para un gentil, hace falta cumplir con el código de leyes conocido como las "Siete Leyes de los Hijos de Noé" para merecer el lugar máximo en el Mundo Venidero. En el caso que un no-judío desea - con sinceridad - convertirse en judío y asumir una vida de acuerdo a las normas delineadas en la Torá, lo aceptamos con brazos abiertos.
Es evidente. Que en el caso que uno quiere convertirse al judaísmo para poder casarse con un/a judío/a, es poco probable que su "conversión" sea sincera.
Me viene al recuerdo una anécdota de un chico judío que decidió casarse con una chica no judía. Los padres del chico insistieron que la chica vaya a estudiar algo de judaísmo antes de aceptarla como nuera. La chica se fue a una institución religiosa para estudiar los fundamentos del judaísmo. Por mas que el motivo inicial para ir a estudiar fue simplemente para aplacar a los futuros suegros, en el transcurso de sus estudios descubrió un mundo nuevo que la atrajo de verdad y se dedicó a los estudios con un interés genuino. Pasaron los meses y el chico la llamó para saber cuándo se iban a casar. ‘¿Cómo?,´ preguntó la chica. ‘¿Piensas que me interesa casarme con un chico que estaba dispuesto a casarse con una chica no judía?´
Hay quienes argumentan que si no aceptamos dichas "conversiones" o parejas "mixtas", terminaremos alejando a los jóvenes judíos quienes contraen "matrimonio" con parejas no judías o convertidas "cosméticamente". En cambio, si los aceptamos, estamos "ganando almas" para el pueblo judío.
En primer lugar, el judaísmo no es un negocio y menos cuando esté basado en mentiras y engaños. El judaísmo se basa en tratar de cumplir al máximo de nuestra capacidad con la voluntad de D-os. No hay que estar más preocupados por el futuro del pueblo judío de lo que D-os mismo lo está. D-os también conoce dicho argumento y sus "beneficios" para el futuro de dichos individuos y para el pueblo judío. No obstante, dice claramente en la Torá (Deut.7: 7), que no tiene preferencia por el pueblo judío debido a su superioridad en cantidad ni en poder, sino por su cualidad de la humildad y por el pacto que ha hecho con nuestro patriarca Abraham. El pueblo judío ha sobrevivido a todos sus opresores, no gracias a su viveza, dinero o poder político, sino gracias a su sinceridad, autenticidad y auto sacrificio para preservar dicha pureza y autenticidad.
Además: por más que quisiéramos y por más que nos parezca conveniente aceptar dichas ‘conversiones´, no está en nuestras manos negar o cambiar los hechos. No está en nuestras manos hacer ese ‘favor´, de la misma manera que no está en nuestras manos hacer el favor a unos padres quienes querían un hijo varón y les nació una hija. Podemos hacerle a la niña cambios cosméticos, pero no deja de ser otra cosa que una mutilación engañosa y cruel.
Es interesante notar la expresión que el Talmud (Ievamot 48b) utiliza al hablar de ‘conversos´ (auténticos): ‘Guer shenitgaier kekatan shenolad dami´. Quiere decir: Un converso que se convirtió está considerado como un bebé recién nacido.
Cuando el Talmud habla de un esclavo que se liberó, no dice un ‘liberado´ que se liberó, sino un esclavo que se liberó. ¿Por qué, entonces, al hablar de un converso no se dice un gentil que se convirtió, sino un converso que se convirtió? También, ¿por qué se compara al converso con un niño recién nacido?
Nuestros sabios lo explican de la siguiente manera:
Un converso auténtico es una persona que, aunque haya nacido de un vientre no judío, nació con una Neshamá, un alma judía. Es esa Neshamá la que le empuja a ‘convertirse´. O sea, en cierta manera, podemos decir que nació (destinado o con una predisposición a convertirse en) ‘converso´. Por ese motivo es que se le compara con un ‘bebé recién nacido´. Un bebé recién nacido, hace nueve meses que existe. La diferencia entre el momento antes de nacer y después de nacer es que antes de nacer no es un ser independiente. Del mismo modo, un ‘converso´ antes de pasar por el proceso de conversión se considera como un judío en estado ‘embriónico´ y no tiene las responsabilidades de un judío. Una vez que se convierte, se transforma en un judío pleno. Pero, como señalamos antes, para que dicha transformación ocurra, hace falta pasar por el proceso de conversión auténtico y no por los procesos ‘cosméticos´ que abundan y se hacen pasar por opciones mas ‘abiertas´.
Hay quienes preguntan: ¿Por qué hace falta que el converso sea más practicante que la mayoría de los judíos, quienes no lo practican plenamente y no se consideran "religiosos" y aún así no pierden su condición de judíos? En otras palabras: si el judío no-practicante está considerado judío, ¿por qué no se considera como judío a una persona que se haya ‘convertido´ por medio de una ‘conversión´ que no concuerda con la Halajá?
La respuesta es muy sencilla. Un judío de nacimiento es judío a pesar de todo lo que piense, hable o haga. La misma Torá que determina este hecho, dice también que uno que quiere convertirse en judío debe - antes que nada - aceptar cumplir con la Torá en su totalidad para que sea aceptado como tal. Si uno dice que está dispuesto a aceptar los 613 preceptos, pero que hay uno solo que no le gusta y no lo quiere aceptar, se le dice ‘¿Quién te obliga a convertirte en judío?´ ¡Es preferible que no se convierta y que siga cumpliendo con su misión en la vida como no judío, a que se convierta en judío y caiga en infracción!
En realidad, es un criterio muy entendible. Si uno nació en el Uruguay, por ejemplo, la ley uruguaya lo considera como uruguayo, haga lo que haga. En cambio, si uno quiere adquirir la ciudadanía uruguaya, pero dice que no está dispuesto a reconocer como válida alguna cláusula de la constitución uruguaya ¿lo aceptarán? Claro que no. Si no le gusta la constitución uruguaya, pues que busque su ciudadanía en otro país con cuya constitución esté de acuerdo... Uno que no quiere reconocer a la constitución uruguaya en su totalidad puede ser aceptado como residente extranjero pero no como ciudadano legal. El ciudadano naturalizado debe aceptar la constitución del país como autoridad máxima para que se le otorgue la ciudadanía. ¿Acaso alguien quiere sugerir que sea más fácil convertirse en judío que asumir una ciudadanía? ¿Acaso las leyes Divinas son mas negociables que las leyes humanas?
7) ¿Entonces, cual es el verdadero problema?
En realidad, el matrimonio mixto es un síntoma de un problema mucho más importante: la falta de educación judía adecuada.
¿Qué tipo de educación judía estamos dando a nuestros hijos? ¿Les estamos dando realmente las experiencias y herramientas para que puedan entender y valorar por qué y para qué son judíos?
También: ¿Qué pasa con nuestra propia educación judía? ¿Cuánto tiempo dedicamos nosotros, los padres, a nuestro propio desarrollo espiritual personal? ¿Cuál es la autoridad máxima en nuestra propia vida personal? Si yo hago solamente lo que me gusta o me conviene y no reconozco la obligación de acatar a una autoridad superior ¿cómo puedo pretender que mi hijo no haga lo mismo? Claro, que me va a decir: ‘¡Papá! ¡Tu haces lo que quieres, déjame hacer lo que yo quiero!´ Si el padre no reconoce ninguna autoridad moral, ¿por qué pretende que el hijo le haga caso? ¿Sólo por el hecho que lo haya engendrado?
La prioridad máxima hoy en día debe ser la educación judía. No podemos conformarnos con el mínimo que reciben en las escuelas y liceos. Debemos exigir el máximo. ¿Acaso mandaríamos a nuestros hijos a un liceo en el cual, al salir, no sepan calcular el área de un círculo? ¿O que no sepan quién fue Napoleón? ¿Por qué nos conformamos con un sistema educativo del cual salen sin saber leer ni entender ni una página de la Biblia o del Talmud en su texto original o sin saber quiénes fueron y qué dijeron Rabi Akiva, Abaye, Rava, Rashi, Rambam y Rabi Iehuda Halevi?
Quisiera concluir compartiendo un episodio que me pasó poco después de haber llegado al Uruguay y la lección que aprendí.
Nuestro hijo mayor había nacido, y debido a nuestra inexperiencia como padres, y menos en un país nuevo y todavía en una época en la cual cada dos por tres hubo paros, no llegamos a inscribirlo en el registro civil dentro del plazo normal. Como consecuencia de esto, hubo que tramitar una inscripción tardía, un proceso que llevaba meses.
En el ínterin, mi Sra. y yo quisimos viajar con nuestro hijo al exterior. Debido a que somos ambos ciudadanos norteamericanos, le hicimos a nuestro hijo un pasaporte norteamericano.
Llegamos todos al aeropuerto de Carrasco, prontos para viajar. Al llegar a migraciones, el oficial nos solicitó la documentación uruguaya de nuestro hijo. Le explicamos el motivo por el cual no la tenía y nos dijo que no podía salir del país.
‘¿Cómo, no podemos viajar con nuestro hijo?´ pregunté. ‘Tiene un pasaporte norteamericano!´
‘Para nosotros es uruguayo, y no puede viajar sin documentación uruguaya,´ nos explicó.
‘Pero, es nuestro hijo!´ insistí.
‘Es uruguayo,´ reiteró el oficial de migraciones.
No viajamos ese día.
Aprendí de ese episodio una enseñanza impresionante. Por más que mi hijo es mi hijo, mis derechos no anteceden los derechos del Estado.
Lo mismo es aplicable en cuanto a nuestra relación con nuestros hijos. Antes de pensar en nuestros derechos sobre ellos, debemos pensar en los derechos que el pueblo judío tiene sobre ellos y los derechos que nuestros propios hijos tienen, para que les demos todas las herramientas posibles para que puedan valorar y vivir su judaísmo plenamente.
por Rabino Eliezer Shemtov
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