La mujer que da a luz a una criatura, viva o no, o aún a un embrión, se convierte en NIDA, desde el momento en el cual dan comienzo los dolores del parto. Si es que éste resultara falso, o si no ha ocurrido sangrando no es NIDA. Si dió a luz a un varón, el periodo de NIDA será de siete días, después de los cuales habiendo cesado el flujo, contará los siete días limpios antes de la MIKVA.
En el caso del nacimiento de una niño, deberá esperar catorce dios antes de asistir a la Míkva (aún después de haber contado los siete días limpios, deberá esperar al término de los catorce).
Después de un aborto, donde el sexo del embrión no puede ser determinado, se esperarán catorce días.
Leyes y costumbres para los novios
La novia que está por casarse, deberá contar siete días limpios después del cese del flujo menstrual, al término de los cuales llevará a cabo la inmersión. No deberán transcurrir más de cuatro días desde el final de los siete días limpios, hasta la primera unión matrimonial. En caso de haber excedido este tiempo, se llevará a cabo una BEDIKA en cada día subsecuente.
En el caso donde sea NIDA, en el día de su boda, ya sea porque es menstruante o porque aún está en el periodo de los siete días limpios, no deberá permanecer en el cuarto sola con su esposo, o en el mismo apartamento, a menos que alguien los acompañe (si es que es un niño o una niña, éstos deberán tener más de nueve años de edad), hasta que ella lleve a cabo la TEVILA.
Después de haber consumado el primer acto sexual, los novios se habrán de separar, aun cuando no haya habido ningún flujo vaginal. La novia se considera NIDA, y deberá llevar a cabo un conteo de únicamente cuatro días, seguido de los siete días limpios, y la Inmersión en la Mikva. En caso de no haber consumado este acto (si es que no hubo penetración vaginal) podrá estar con ella hasta que se lleve a cabo un acto conyugal normal. En cualquier duda sobre lo anterior se deberá consultar a un Rabino.
La fecha del casamiento deberá ser dispuesta de modo tal, que pueda la novia asistir a la Mikva antes del día de la boda.
El control de los períodos
Es de suma importancia, que la mujer lleve un control sobre las fechas de sus previas menstruaciones, ya que la HALAJA (ley) prohibe las relaciones matrimoniales, durante el tiempo en el cual se anticipa la próxima menstruación.
La HALAJA determina, que si el principio de la última menstruación ocurrió durante el día, deberá anticipar la próxima durante el mismo tiempo, si ésta comenzó de noche deberá esperar también de noche. Esto es de importancia, porque se habrán de separar durante el periodo en el cual se anticipa la menstruación más el día o la noche anterior según sea el caso. Por ejemplo si es que el flujo empezó durante el día, al aproximarse este día en el próximo periodo menstrual, no deberán cohabitar durante él ni durante la noche anterior a él. Esta prohibición es únicamente sobre acercamiento sexual o contacto que pueda conducir a él. El resto de las prohibiciones de NIDA no se aplican.
Existen dos tipos de periodos en lo que se refiere a las leyes de separación, el regular y el irregular.
Períodos regulares
Un periodo se considera regular si es que ocurre tres veces consecutivas en la misma fecha, y el mismo tiempo, o sea de día o de noche, por ejemplo el 15 de Nison, el 15 de Iyor el quince de Sivan (estas fechas son calculados usando únicamente un calendario o LUAJ hebreo, por lo cual es necesario que se lleven a cabo todas las anotaciones y cálculos en éste). El periodo regular podrá ser de intervalos, en el cual dio comienzo el flujo cuatro veces sucesivas, con un espacio intermedio de igual número de días, por ejemplo tres intervalos seguidos de 28 días cada uno.
Al igual un periodo regular podrá establecerse de ciertos síntomas corporales singulares que preceden a la menstruación, como seria un sentimiento de pesadez o dolor etc. Si esto ocurre tres veces consecutivas antes de la menstruación se considera como periodo regular.
Una vez que se ha fijado el día y la fecha permanente del comienzo de la menstruación la mujer observará la separación antes mencionada y la examinación prevista (ver adelante).
Períodos irregulares
Un periodo irregular es aquel que aparece sin ningún patrón establecido por tres veces consecutivas ya sea en días diferentes o en parte del día (la noche o el día) diferente. Un periodo regular quedaría anulado, al ocurrir lo anterior en tres oportunidades consecutivas.
Cuando los periodos son irregulares se aplican las siguientes reglas:
1. En aquellos días en los cuales está segura que no menstruará ya que no ha ocurrido previamente la menstruación en ellos, se permiten las relaciones sexuales sin ninguna examinación previa. En otras fechas se requiere examinación antes y preferiblemente también después de haber cohabitado.
2. En el sistema de periodos irregulares, ya que no existe un patrón preestablecido deberá, ella anticipar que podrá menstruar ya sea en la fecha que corresponda al día del mes en el cual ocurrió la última menstruación. Al igual observará el dia que corresponda al periodo de Intervalo antes descrito. Por ejemplo: si el último periodo fue el día 10 de Elul en la noche anticipará el próximo periodo en el día 10 del próximo mes o Tishrei en la noche (la separación será esa noche y las doce horas del día anterior). Sin embargo, cuidará también de igual manera el día que corresponda al intervalo anterior por ejemplo si éste fue de 25 días, deberá calcular esta fecha y la incluirá en los días de prohibición. A estas dos fechas se habrá de agregar siempre el día 30 después del comienzo del último periodo. Por lo cual una mujer que no tiene periodos regulares deberá abstenerse en tres diferentes fechas.
Después de que haya estado separada durante estos periodos de expectación de NIDA, si es que no ocurrió la menstruación podrá reunirse con su marido siempre y cuando lleve a cabo una BEDIKA antes.
Debido a que las leyes de los periodos son complicadas, en cualquier duda deberá consultar a un Rabino competente.
(Selección extraída del libro "Y te consagraré para toda la eternidad..", por Rabino Abrahahm Bartfeld, (c) Rabino Abraham Bartfeld)
http://www.tora.org.ar
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